Alcalde de la Primavera como “un buen soldado de la Corrupción” desobedece al Jurado Nacional de Elecciones.
Evito juramentar al regidor para perpetrar cobro ilegal |
El alcalde Huaraca, desde inicio de su gestión obstaculizó la Asunción al cargo de regidor del ciudadano Braulio Pérez Ríos por temor a ser fiscalizado por ser regidor de oposición, este hecho tiene una connotación dolosa ya que esto le permitió realizar cobros ilegales a las empresas en el proceso de adjudicación de obras públicas; como son la construcción de las dos aulas de la I.E. Nº 86235 de Gorgorillo, el mejoramiento de la carretera de Llaclla a Tauripon, elaboración de expedientes técnicos y otros hechos que serán sometidos a una investigación.
En el caso de la negativa a juramentar a Braulio Pérez Ríos, han transcurrido más de un año y que a la fecha el regidor en mención no es convocado para el acto de juramentación, pese a existir la Resolución N.° 0791-A-2011-JNE, de fecha 30 de noviembre de 2011 del Jurado nacional de Elecciones donde este órgano Electoral invoca a que el señor Braulio Pérez Ríos sea juramentado en el cargo de regidor.
Lo detestable del alcalde por falta de instrucción y de educación familiar, es impotente de desplegar sus energías por impulsión directa y espontánea, y solo obedece al asesor el “CHOLO LEIDO” de Gorgorillo, por débil de voluntad, sólo obedece la orden del asesor, y uno de sus más graves defectos es el de la imprevisión y faltarle casi en absoluto el sentimiento del deber y el respeto, por eso por ordenes del asesor procedió a vacarle del cargo de regidor a Braulio Pérez Ríos, la pregunta ¿ algún alcalde se atrevería a vacar a un regidor mientras este nunca fue notificado al acto de juramentación?, es increíble sin embargo esto sucedió con este alcalde donde el Jurado nacional de Elecciones declaro nulo esa vacancia conforme a la Resolución N.° 0791-A-2011-JNE, de fecha 30 de noviembre de 2011.
Ha llegado la hora de poner freno al abuso de poder y a la tentación de hacerse rico en el cargo, aunque los más cínicos que les rodean solo piensan en enriquecerse lo más rápido posible. La Fiscalía de Ancash debe investigar e interrogar a Huaraca y pasar al juez por desobediencia expresa y demora manifiesta de conformidad con el artículo 377 del Código Penal conforme a la invocación de la RESOLUCION Nº 081-2012-JNE donde indica en el primer resolutivo:
Artículo primero.- HACER EFECTIVO el apercibimiento dispuesto mediante Resolución N.° 0791-A-2011-JNE, de fecha 30 de noviembre de 2011, y REMITIR copia certificada de los actuados a la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Ancash para que, de acuerdo con sus atribuciones constitucionales, evalúe la conducta de Eduardo Huaraca Vargas, alcalde de la Municipalidad Distrital de La Primavera , provincia de Bolognesi y departamento de Ancash, y los que resulten implicados por demora en sus actos funcionales, conforme al artículo 377 del Código Penal.
Centro Union de Gorgorillo o escuela de corrupcion |
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